La corrupción es una práctica que merma, enferma y daña los tejidos social, cultural, económico y político de nuestro país. En México la suma de esfuerzos por combatir la corrupción se ha visto plasmada en la legislación necesaria para poder combatir cara a cara este fenómeno.

Como indicio de lo anterior mencionado, se lograron importantes avances en materia legislativa que constituyen el marco normativo del Sistema Estatal Anticorrupción de Nuevo León.

El 27 de mayo de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de combate a la corrupción”, el cual instituyó en el artículo 113 de nuestra Carta Magna, la creación del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno competentes en la prevención, detección, investigación y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de los recursos públicos. En el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se estableció que el SNA contaría con un Comité Coordinador, integrado por los titulares de la Auditoría Superior de la Federación; de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción; de la Secretaría del Ejecutivo Federal responsable del control interno; del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; del presidente del organismo garante de transparencia y protección de datos personales, así como por un representante del Consejo de la Judicatura Federal y del Presidente del Comité de Participación Ciudadana.

La Reforma constitucional en materia de combate a la corrupción también consideró necesaria la creación del Comité de Participación Ciudadana (CPC), que debería integrarse por cinco ciudadanos que se hayan destacado por su contribución a la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción, designados en los términos que estableciera la ley de la materia.

Por otra parte, derivado de la misma reforma constitucional en materia de combate a la corrupción, se realizaron modificaciones a diversos ordenamientos jurídicos, entre los que se encuentran la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y el Código Penal Federal.

Asimismo, se expidieron leyes como la Ley General de Responsabilidades Administrativas, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2016.

La Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción se emitió como una norma de orden público, de observancia general en todo el territorio nacional, cuyo objeto es establecer las bases de coordinación entre la Federación, las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México, para el funcionamiento del Sistema Nacional Anticorrupción previsto en el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el fin de que las autoridades competentes prevengan, investiguen y sancionen las faltas administrativas y los hechos de corrupción.

Una vez publicado, el 27 de mayo de 2015, el decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de donde deriva la facultad del Congreso de la Unión para expedir las leyes relativas al Sistema Nacional Anticorrupción, las leyes que regulan la organización y facultades de la Auditoria Superior de la Federación y aquellas relativas a la gestión, control y evaluación de los Poderes de la Unión y Entes públicos federales; además, faculta para legislar sobre la institución del Tribunal Federal de Justicia Administrativa y distribuye competencia en materia de responsabilidades administrativas de los servidores públicos.

En atención a los artículos Transitorios Primero, Cuarto y Séptimo de dicho decreto, el Honorable Congreso del Estado de Nuevo León realizo diversas adecuaciones al marco jurídico local, con la finalidad de dotar de facultades a los Entes públicos locales que participan en el combate a la corrupción en la entidad.

Se aprueban los Decretos 097, 280, 314, que reforman y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Nuevo León, para el surgimiento del Sistema Estatal Anticorrupción.

  • El Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Nuevo León.
  • La Fiscalía General del Estado de Nuevo León, como un órgano Constitucionalmente Autónomo.
  • La Fiscalía Anticorrupción y la Especializada en Delitos Electorales del Estado de Nuevo León.

Otorga al Tribunal de Justicia Administrativa la facultad de imponer sanciones a los servidores públicos por las responsabilidades administrativas que la ley determine como graves o que constituyan hechos de corrupción, así como a los particulares que participen en los actos vinculados con dichas responsabilidades, así como fincar a los responsables el pago de las indemnizaciones y sanciones pecuniarias que deriven de los daños y perjuicios que afecten a la Hacienda Pública Estatal o Municipal o al patrimonio de los entes públicos estatales o municipales, así como conocer de los asuntos derivados de las sanciones administrativas que emitan otras autoridades.

Septiembre 1, 2017. El Congreso del Estado de Nuevo León emite la Convocatoria para elegir a nueve ciudadanos que integraron la Comisión de Selección que designó al Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción.

Noviembre 24, 2017. El H. Congreso del Estado de Nuevo León designó a los nueve integrantes de la Comisión de Selección del SEA.

Noviembre 27, 2017. Se le toma protesta al Comité de Selección del Sistema Estatal Anticorrupción.

Mayo 30, 2018. Se aprueba la convocatoria para elegir a los integrantes del al Comité de Participación Ciudadana, y se abre la etapa de recepción de postulaciones.

Junio 28, 2018. Se desarrolló la primera fase de la evaluación: valoración documental de candidatos.

Julio 4, 2018. Emisión de resultados de la evaluación documental emitidos por los integrantes de la Comisión de Selección a cada uno de los expedientes de los candidatos al Comité de Participación Ciudadana.

Julio 27, 2018. Se pública el acuerdo con efecto de notificación mediante el cual se aprobaron 11 aspirantes que aprobaron el requisito de la calificación mínima solicitada para el examen de conocimientos.

Agosto 8 y 9, 2018. Se desarrolló la segunda fase de la evaluación, consistente en entrevistas a los aspirantes, abiertas al público y con la participación de la sociedad civil.

Agosto 16, 2018. El comité de Selección aprueba el apoyo de manera gratuita del Despacho Korn Ferry para realizar la elaboración de exámenes psicómetros a los aspirantes a integrar el CPC.

Agosto 20, 2018. Se celebra el examen psicométrico a los aspirantes a integrar el al Comité de Participación Ciudadana en las instalaciones del Congreso del Estado.

Agosto 30, 2018. Fue celebrada la sesión pública del Pleno de la Comisión de Selección en la que se dieron a conocer los resultados finales del proceso de selección y se designó a los cinco integrantes del al Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción.

Agosto 31, 2018. Se nombra a los integrantes del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción para el Estado de Nuevo León.

Octubre 1, 2018. Se Instala formalmente en funciones el Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Nuevo León.

Octubre 1, 2018. Se Instala formalmente el Órgano de Gobierno de la Secretaria Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Nuevo León, en la cual se designa al Secretario Técnico de la Secretaria Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción.

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